Laboral
En las sociedades limitadas el administrador de la misma tiene que darse de alta en el RETA si es propietario de al menos el 25% del capital social. El resto de socios deberán estar de alta en el RETA si trabajan para la empresa y cumplen ciertos porcentajes de propiedad conjunta con su familia, en caso contrario se incluirían en el régimen general. Tramitamos el alta en el RETA, realizamos los cambios de cuenta corriente para el cargo en caso de ser necesario y tramitamos las bajas laborales. Tramitamos el alta y baja de trabajadores, bonificaciones, cálculos salariales, seguros sociales, etc. Tramitamos el alta de la sociedad en la seguridad social en caso de tener trabajadores en régimen general, consistente en obtener los diferentes códigos de cuenta de cotización para cada provincia, actividad, o centro de trabajo. Te asesoramos sobre bonificaciones, contratos, y demás especificidades de la legislación laboral que sean necesarios para tu negocio.